Extremadura y Castilla-La Mancha salen de las zonas de restricción de los serotipos 1 y 4 de la lengua azul

02/03/2021

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este martes, día 2 de marzo, la Resolución de 22 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, por la que se modifican los anexos I y II de la Orden APA/1251/2020, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.

Debido a que se ha cumplido el requisito de ausencia de circulación de los serotipos 1 y 4 del virus de la lengua azul en determinados territorios durante un período mínimo de dos años, entre los que están Extremadura y Castilla-La Mancha, se considera necesario modificar las zonas de restricción, eliminando de dichas zonas determinadas comarcas que pasarían a incluirse en la zona de vacunación voluntaria frente a ambos serotipos.

Rebaño de ovejas en zona de dehesa
Rebaño de ovejas en zona de dehesa.
Adicionalmente, en respuesta a la circulación del serotipo 8 en la zona restringida frente a dicho serotipo y el riesgo que la localización de algunos focos del mismo supone para determinadas comarcas de la provincia de Vizcaya hasta ahora incluidas en la zona libre de esta enfermedad, resulta necesario ampliar la zona de restricción frente al serotipo 8, incluyendo en la misma a toda la provincia de Vizcaya.

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