La UE estima que el mal uso de antibióticos genera más de 1.500 millones de pérdidas directas y dicta nuevas normas para corregirlo

Redacción oviespana.com16/09/2015

El amplio uso de antimicrobianos en la medicina veterinaria en los últimos años ha acelerado la aparición y propagación de microorganismos resistentes. Esta situación se ha agravado debido a la falta de inversión en el desarrollo de nuevos antibióticos eficaces. La gravedad de las consecuencias salta a la vista: se calcula que cada año, las infecciones resistentes a los medicamentos causan la muerte de por lo menos 25 000 pacientes y cuestan a la UE 1.500 millones EUR en concepto de asistencia sanitaria y pérdida de productividad.

Frente a esta situación lanzó un plan de acción a cinco años (hasta 2016), que Implica la participación de todos los sectores y comprende todos los aspectos de la resistencia a los antimicrobianos.

Los principales objetivos del plan son reforzar la prevención y el control de la resistencia a losantimicrobianos en los sectores humano, veterinario y alimentario, garantizar la disponibilidad de los agentes antimicrobianos y prolongar su eficacia. El plan de acción comprende siete áreas y establece doce acciones concretas que han de realizarse en los ámbitos humano y veterinario.

Ahora, una vez que se ha avanzado en distintos frentes, la Comisión elabora un documento para proporcionar a los Estados miembros directrices prácticas para la utilización prudente de los antimicrobianos en la medicina veterinaria .

Estas directrices abordan principios para la utilización prudente y establecen las medidas que deben tener en cuenta los Estados miembros en el desarrollo y la aplicación de estrategias nacionales para combatir la resistencia a los antimicrobianos.

Con el fin de que las directrices sean lo más prácticas posible, un documento de trabajo (3) aparte de los Servicios de la Comisión ofrece una serie de ejemplos prácticos de los planteamientos utilizados en los diferentes Estados miembros para la aplicación de cada uno de los principios. Estos ejemplos se proporcionan a modo de ilustración de las posibles medidas que podrían tomarse y no deben interpretarse como un intento de imponer un planteamiento concreto a nivel de la UE.

PRINCIPIOS PARA LA UTILIZACIÓN PRUDENTE DE LOS ANTIMICROBIANOS

Los antimicrobianos son esenciales para la atención médica y la salud de los animales y el ganado. La utilización de antimicrobianos (por ejemplo, en la medicina humana y veterinaria) puede comportar el desarrollo de resistencia a los antimicrobianos. El riesgo aumenta si los antimicrobianos se utilizan de manera inadecuada, por ejemplo, sin objetivos concretos (como la medicación masiva o la utilización en microorganismos no susceptibles), en dosis subterapéuticas,repetidamente o durante períodos de tiempo inadecuados.

Los principios generales para la utilización prudente de los antimicrobianos deben aplicarse sistemáticamente en las granjas y en las consultas veterinarias.

3.1. Cuestiones que deben tenerse en cuenta antes de utilizar antimicrobianos

Los documentos científicos sobre antimicrobianos redactados por la Agencia Europea de Medicamentos proporcionan recomendaciones adicionales para reducir al mínimo la resistencia a los antimicrobianos derivada de la utilización de antimicrobianos en animales.

La utilización prudente de los antimicrobianos debe traducirse en una utilización más racional y selectiva, maximizando así el efecto terapéutico y reduciendo al mínimo la resistencia a los antimicrobianos. Teniendo en cuenta la resistencia cruzada y la corresistencia, que implican que cualquier tipo de exposición a antimicrobianos hace que aumente la resistencia a los mismos, el resultado final de la utilización prudente debe ser una reducción general del uso de los antimicrobianos,sobre todo limitando su administración a casos en los que sean realmente necesarios. En estas situaciones, los antimicrobianos deben utilizarse como tratamiento específico y de acuerdo con las mejores prácticas, es decir, en función del diagnóstico clínico y, siempre que sea posible, de los resultados de los antibiogramas, y utilizando un agente antimicrobiano de espectro tan limitado como sea posible.

El objetivo final es reducir la necesidad de antimicrobianos mediante la prevención de la enfermedad. Las enfermedades e infecciones de los animales deben prevenirse principalmente mediante la bioprotección, el seguimiento de buenas prácticas de producción y gestión y la aplicación de programas de control de enfermedades integrados para reducir al mínimo la aparición de enfermedades y erradicar las enfermedades endémicas.

En los casos en que resulte necesario utilizar antimicrobianos para salvaguardar la salud y el bienestar de los animales,deben seguirse los siguientes principios:

— La receta y dispensación de antimicrobianos deben justificarse sobre la base de un diagnóstico veterinario de conformidad con el estado actual de los conocimientos científicos.

— Cuando sea necesario recetar un antimicrobiano, la receta debe basarse en un diagnóstico realizado tras un examen clínico del animal por parte del veterinario que receta el medicamento. En la medida de lo posible, deben llevarse a cabo antibiogramas para determinar el antimicrobiano que se elegirá.

— La metafilaxis con antimicrobianos (2) debería recetarse solo cuando haya una necesidad real de tratamiento. En tales casos, el veterinario debe justificar y documentar el tratamiento sobre la base de los hallazgos clínicos relativos al desarrollo de la enfermedad en un rebaño o manada. La metafilaxis con antimicrobianos nunca debe utilizarse en lugar de buenas prácticas de gestión.

— Se debe evitar la profilaxis rutinaria. La profilaxis debe reservarse para indicaciones de casos específicos excepcionales.

— La administración de medicamentos a todo el rebaño o manada debe evitarse siempre que sea posible. Los animales enfermos deben aislarse y tratarse individualmente (por ejemplo, mediante la administración de medicamentos inyectables).

— Al tomar una decisión sobre el tratamiento con antimicrobianos debe tenerse en cuenta toda la información relativa a los animales, la causa y la naturaleza de la infección y la gama de productos antimicrobianos disponibles.

— Un antimicrobiano de espectro reducido debe ser siempre la primera opción, a menos que los antibiogramas realizados con anterioridad (en su caso, respaldados por datos epidemiológicos pertinentes) demuestren que resultaría ineficaz.

Debe evitarse la utilización de antimicrobianos de amplio espectro y de combinaciones de antimicrobianos (conl a excepción de combinaciones fijas en medicamentos veterinarios autorizados).

— Si un animal o un grupo de animales sufren infecciones recurrentes que requieren tratamiento con antimicrobianos,se deben realizar esfuerzos para erradicar las cepas de microorganismos mediante la determinación de las causas de la recurrencia de la enfermedad y la modificación de las condiciones de producción, ganadería o gestión.

— La utilización de agentes antimicrobianos propensos a propagar la resistencia transmisible debe reducirse al mínimo.

— Algunos compuestos incluidos en la lista de antimicrobianos de importancia crítica de la Organización Mundial de la Salud (1) solo se autorizan en los medicamentos para uso humano. Tal como se establece en la legislación de laUE (2), los que no cuentan con autorizaciones de comercialización como medicamentos veterinarios para uso en animales destinados a la producción de alimentos solo se pueden usar bajo uso no contemplado (siguiendo la cascada)en estos animales si la sustancia en cuestión se encuentra en el cuadro 1 del anexo del Reglamento (UE)no 37/2010 de la Comisión (3).

— Debe evitarse el uso no contemplado (en cascada) de los compuestos mencionados anteriormente para los animales no destinados a la producción de alimentos (por ejemplo, las mascotas y los animales utilizados para deportes)y debe limitarse estrictamente a casos muy excepcionales, como, por ejemplo, cuando hay razones éticas para hacerlo, y solo cuando los antibiogramas en laboratorio hayan confirmado que ningún otro agente antimicrobianoresultaría eficaz.

— El tratamiento con antimicrobianos debe administrarse a los animales de acuerdo con las instrucciones que se indican en la receta del veterinario.

— La necesidad de terapia antimicrobiana se debe evaluar de manera regular para evitar medicación innecesaria.

— La utilización perioperatoria de antimicrobianos se debe reducir al mínimo mediante técnicas asépticas.

— En la medida de lo posible, debe darse preferencia a las estrategias alternativas de control de la enfermedad que hayan demostrado ser igual de eficaces y seguras (por ejemplo, vacunas) frente al tratamiento con antimicrobianos.

— El sistema de farmaco vigilancia debe utilizarse para obtener información y comentarios sobre fracasos terapéuticos,con el fin de identificar posibles problemas de resistencia en el caso de que se utilicen opciones de tratamiento ya existentes, nuevas o alternativas.

— Debe establecerse una red de laboratorios en cada Estado miembro con capacidad para realizar antibiogramas enmicroorganismos zoonóticos y comensales y patógenos objetivo a fin de garantizar la disponibilidad de lo santibiogramas.

3.2. Cuestiones concretas que deben tenerse en cuenta antes de utilizar antimicrobianos de importancia crítica

Muchos de los antimicrobianos utilizados en los animales también se utilizan en los seres humanos. Algunos de estos agentes antimicrobianos son fundamentales (4) para prevenir o tratar infecciones que ponen en peligro la vida de los seres humanos. Se requiere una consideración especial para garantizar la eficacia continuada de estos antimicrobianos y para reducir al mínimo el desarrollo de resistencia.

Antes de utilizar estos antimicrobianos en animales, debe prestarse atención a lo siguiente (además de los puntos ya mencionados):

— Estos antimicrobianos solo deben usarse en situaciones en las que un veterinario ha evaluado, basándose en antibiogramas y datos epidemiológicos pertinentes, que no hay ningún antimicrobiano que no sea de importancia crítica que resulte eficaz.

— En los casos excepcionales en los que el uso no contemplado (en cascada) de estos antimicrobianos resulte inevitable y sea legalmente permisible, la receta y la utilización final deben estar suficientemente justificadas y haberse registrado.

Esa utilización debe basarse en consideraciones clínicas (es decir, el veterinario que lo receta considera que la utilización de un antimicrobiano de importancia crítica concreto es necesaria con el fin de evitar el sufrimiento delos animales enfermos) y también debe tener en cuenta cuestiones éticas y de salud pública. La utilización de antimicrobianosde importancia crítica debe limitarse a los casos en que no existe otra alternativa.

3.3. Administración por vía oral de antimicrobianos a grupos de animales a través de piensos y agua potable

El tratamiento con antimicrobianos por vía oral se administra a menudo a grupos de animales a través de piensos medicamentosos o mediante la adición de los antimicrobianos al agua potable o a los piensos de la granja (por ejemplo,abonado superficial).

Siempre que sea posible, debe primarse el tratamiento individual de los animales afectados (por ejemplo, tratamientos inyectables) al tratamiento en grupo o masivo. Cuando se utilice el tratamiento en grupo, debe tenerse en cuenta lo siguiente:

— Los piensos medicamentosos contienen una premezcla de medicamentos veterinarios y requieren, de conformidad con la legislación de la UE (1), receta veterinaria.

— El tratamiento con antimicrobianos por vía oral a través de piensos medicamentosos o agua potable solo debe administrarse cuando lo recete un veterinario.

— Los antimicrobianos solo deben administrarse a grupos de animales a través de piensos o agua potable cuando hay apruebas de enfermedad o infección microbiana y no debe administrarse como tratamiento profiláctico. La administración de antimicrobianos a través de piensos o agua debe limitarse a los animales que requieren tratamiento y los sistemas de administración de medicamentos deben ser adecuados para el tratamiento en cuestión.

— Las cantidades de antimicrobianos administrados en piensos o agua deben ser objeto de seguimiento y documentación continuos, especialmente en los sistemas intensivos de producción alimentaria.

— Deben respetarse las instrucciones indicadas en la información del producto (RCP, folleto, etiquetado) y las prescritas por el veterinario, tanto en términos de posología como de duración del tratamiento.

— Cuando se administra un antimicrobiano a través del pienso, es importante garantizar la distribución homogénea del medicamento para que cada animal reciba la dosis terapéutica necesaria para el tratamiento de la enfermedad de conformidad con la receta veterinaria.

— El uso no contemplado (en cascada) debe limitarse al mínimo necesario y a ocasiones excepcionales en las que no haya otras opciones de tratamiento autorizadas disponibles.

— La granja debe contar con instalaciones de almacenamiento adecuadas y limpias para garantizar el correcto almacenamiento de los piensos medicamentosos. El acceso a estas instalaciones debe estar restringido.

3.4. Responsabilidades

El control de la resistencia a los antimicrobianos exige la cooperación entre las autoridades de salud pública, alimentación,veterinarias y medioambientales, los organismos de la industria, los veterinarios, los granjeros y otras partes, con responsabilidades en esta área.

La principal responsabilidad en la utilización prudente de antimicrobianos recae en la persona que extiende la receta delos antimicrobianos y en la persona que los administra.

3.4.1. Persona que extiende la receta

La persona que receta el antimicrobiano debe ser un veterinario familiarizado con el historial del rebaño, la manada o el animal tratado.

Debe garantizarse que la persona que extiende la receta pueda tomar la decisión sobre el tratamiento de manera independiente,con el fin de evitar un conflicto de intereses. Por consiguiente, la posición o estatus de la persona que extiende la receta en relacion con el granjero deve garantizar decisiones independientes, basadas principalmente en conocimientos especializados.

Este objetivo se puede lograr de varias maneras:

— mediante la introducción de medidas que limiten los incentivos financieros entre los veterinarios, los proveedores de antimicrobianos y la industria farmacéutica, y que restrinjan posibles conflictos de interés que puedan facilitar lar eceta y venta inadecuadas o innecesarias de antimicrobianos, pero que a la vez permitan la existencia de sistema equilibrados de asistencia veterinaria,

— mediante la puesta en marcha de contratos o acuerdos entre el granjero y un veterinario para un determinado rebaño o manada, de tal manera que el veterinario pueda desarrollar una mejor comprensión del estado general desalud del rebaño o la manada y con ello reducir la prevalencia de la enfermedad y la utilización de antimicrobianos.

Cuando resulte necesario recetar un antimicrobiano, el veterinario responsable debe cerciorarse personalmente por medio de un examen clínico in situ de que los síntomas indican una infección bacteriana.

Siempre que sea posible, la persona que extienda la receta deberá tomar muestras apropiadas que pueda usar para identificar el patógeno y medir su sensibilidad a los antimicrobianos. Aún en los casos graves, cuando el tratamiento se debainiciar inmediatamente para evitar el sufrimiento de los animales o para limitar la propagación de la infección, se sigue aconsejando tomar muestras. Si las muestras se toman justo antes de iniciar el tratamiento, se pueden llevar a cabo antibiogramas mientras se administra el tratamiento. Así, los resultados se pueden utilizar para validar la elección del antimicrobiano y para el seguimiento epidemiológico. En los casos en que el tratamiento se administre de manera continua,la realización de repetidas pruebas de cultivo y sensibilidad permite hacer un seguimiento de las tendencias de sensibilidad a los antimicrobianos y revisar el tratamiento si es necesario.

La persona que extiende la receta debe seguir las recomendaciones nacionales y regionales para prescripción de recetas y la administración de antimicrobianos. Debe prestarse especial atención a los siguientes elementos:

— unas directrices de tratamiento actualizadas y proporcionadas por las autoridades nacionales o los organismos profesionales veterinarios para ayudar a los veterinarios a seleccionar los antibióticos adecuados y fijar una pauta posológica y una vía de administración adecuadas,

— unos protocolos prácticos para infecciones comunes, que tengan en cuenta las tendencias regionales y locales de sensibilidad a los antimicrobianos. Estos elementos pueden ayudar a los veterinarios a tomar decisiones óptimas a la hora de extender la receta si no hay datos de antibiogramas. La publicación oportuna y la disponibilidad de datos nacionales de vigilancia actualizados facilitan el desarrollo de protocolos locales.

La persona que extiende la receta debe asegurarse de que se selecciona el antimicrobiano más apropiado, en función dela información más precisa y actualizada sobre la farmacodinámica y la farmacocinética, así como en función de información precisa y actualizada sobre el funcionamiento de las distintas clases de antimicrobianos.

La persona que extiende la receta debe considerar siempre la posibilidad de utilizar una sola sustancia en lugar de combinaciones de antimicrobianos y debe asegurarse de que, cuando se recete una combinación de antimicrobianos, todas las sustancias de la combinación sean activas contra los patógenos objetivo.

La persona que extiende la receta es responsable de proporcionar información correcta a la persona que administra el antimicrobiano. Esta información debe basarse, en primer lugar, en los datos de la información del producto (RCP,folleto y etiquetado) relacionados con la posología, las indicaciones, los períodos de espera y las advertencias de utilización prudente.

Los veterinarios deben informar sin demora a las autoridades de la falta o disminución de la eficacia de un productoantimicrobiano. Los informes deben llevarse a cabo en el marco del actual sistema de farmacovigilancia.

En vista del riesgo de resistencia a los antimicrobianos, la persona que extiende la receta siempre debe considerar seriamente la posibilidad de recurrir a soluciones alternativas, incluso a largo plazo, que puedan evitar la recurrencia de la enfermedad.

3.4.2. Persona que administra los antimicrobianos

La persona que administra antimicrobianos a mascotas suele ser el veterinario o el propietario de los animales, mientras que en el caso de los animales destinados a la producción de alimentos, los animales de acuicultura y los animales para peletería, a menudo es el granjero o las personas que trabajan en la granja. Son las personas responsables de seguir atentamente las instrucciones de la persona que ha extendido la receta por lo que se refiere a la administración de antimicrobianos y las alternativas. También desempeñan un papel decisivo en la observación y el seguimiento de animales enfermos y animales que no necesitan antimicrobianos. Los granjeros que utilizan piensos de buena calidad y medidas apropiadas de bioprotección y gestión de piensos pueden ejercer una influencia positiva en la salud de sus animales y reducir la posible necesidad de antimicrobianos.

Cualquier persona que administre antimicrobianos deberá seguir siempre las instrucciones de la persona que extiende la receta, la información del producto (RCP, folleto y etiquetado) que figure en el producto y las directrices establecidas porel gobierno o por otras organizaciones sobre la administración prudente de antimicrobianos, sobre todo al tratar animales con medicamentos por vía oral (antimicrobianos añadidos a los piensos o el agua).

En particular, cuando se administran antimicrobianos a un grupo de animales, los granjeros o cualquier otra persona que administre los antimicrobianos deben garantizar que el tratamiento se administra al grupo correcto de animales,con la posología necesaria y con la duración especificada para el tratamiento.

El apetito de los animales enfermos puede disminuir, de modo que los granjeros o cualquier otra persona que administre los antimicrobianos deben supervisar si todos los animales ingieren la cantidad adecuada o completa de los piensosmedicados que contienen la dosis terapéutica, a fin de evitar que la dosis sea insuficiente. Cuando existe el riesgo de que esto ocurra, los granjeros deben informar al veterinario que ha extendido la receta, quien a su vez deberá evaluar la necesidad de modificar el régimen de tratamiento (por ejemplo, cambiar a un tratamiento por vía parenteral).

De conformidad con la legislación nacional y de la UE pertinente, quienes administran antimicrobianos:

— deben obtener los antimicrobianos de fuentes autorizadas, sobre la base de una receta extendida por un veterinario,

— deben garantizar la seguridad de la cadena de producción de alimentos, para lo que deben respetar las instrucciones dadas por el veterinario sobre la administración de los antimicrobianos y asegurarse de que se respetan los períodos de espera, a fin de evitar la aparición de residuos de antimicrobianos en la carne, la leche u otros productos.

Quienes administran antimicrobianos también deben:

— cooperar con el veterinario que visita regularmente a los animales y conoce el historial y el estado de salud actual del rebaño, la manada o el animal, para que pueda aplicar medidas de prevención de enfermedades que también tengan en cuenta el bienestar de los animales,

— asegurarse de que se siguen la posología, la duración del tratamiento y la pauta posológica correctas,

— conocer los aspectos generales de la utilización prudente de los antimicrobianos y la resistencia a los antimicrobianos,incluida la necesidad de tomar muestras y realizar antibiogramas en patógenos objetivo.

3.4.3. Industria farmacéutica, farmacéuticos, minoristas y mayoristas

La legislación de la UE especifica que, en algunas circunstancias, se requiere una receta extendida por un veterinario para dispensar medicamentos veterinarios. Este es el caso, por ejemplo, de los animales destinados a la producción de alimentos.

Por consiguiente, los Estados miembros prohibirán la publicidad destinada al público general de los medicamentos veterinarios que solo estén disponibles con receta veterinaria.

Los interesados que suministran antimicrobianos al usuario final, como los farmacéuticos y los minoristas, son los encargados de velar por que se presente una receta válida en el momento de suministrar los antimicrobianos, incluso en el caso de ventas a través de internet, y de proporcionar información clara y correcta sobre el uso del producto.

La industria farmacéutica y los mayoristas deben limitar la publicidad dirigida a veterinarios a información objetiva en consonancia con el RCP aprobado. La información proporcionada también debe poner de relieve el riesgo de resistencia a los antimicrobianos y la necesidad de utilización prudente. Deben evitarse las campañas promocionales que impliquen beneficios económicos o materiales para las personas que receten o suministren medicamentos veterinarios.

El tamaño del envase y la intensidad de las fórmulas de los antimicrobianos disponibles deben adaptarse en la medida de lo posible a las indicaciones de utilización aprobadas, con el fin de evitar, por ejemplo, posologías inadecuadas y sobreutilización.

Además, la industria farmacéutica, los mayoristas y las personas implicadas en la venta de antimicrobianos deben cooperaren la aplicación de medidas de seguimiento y control del suministro y la utilización de antimicrobianos, como,por ejemplo, proporcionar información a las autoridades competentes sobre las ventas veterinarias y los resultados delos programas de seguimiento de la industria.

La industria farmacéutica debe priorizar el desarrollo y la comercialización de alternativas a los antimicrobianos, como,por ejemplo, vacunas y pruebas de diagnóstico rápidas y asequibles y centrarse en dichos aspectos. La industria farmacéutica también debe priorizar tareas como la optimización de las dosis (en función de datos farmacocinéticos y farmacodinámicos pertinentes), formulaciones modernas de clases antiguas de antibióticos como las penicilinas (que siguen siendo eficaces contra muchas enfermedades de los animales) y antimicrobianos para uso menor y especie menor. Debe evitarse el desarrollo de combinaciones fijas de antimicrobianos veterinarios, a menos que se justifique debidamente.

3.4.4. Explotadores de empresas de piensos

Los explotadores de empresas de piensos deberán cumplir las disposiciones legales para la higiene de los piensos,aplicar las mejores prácticas en la producción de piensos seguros y nutricionalmente equilibrados y asegurar la adecuada formulación de los piensos. Asimismo, deberán velar por que todos los ingredientes cumplan las normas obligatorias y que el proceso de fabricación no permita que los piensos se contaminen con agentes nocivos, lo que podría comprometerla seguridad de los piensos.

Los explotadores de empresas de piensos que fabrican piensos medicamentosos deben contar con una autorización al respecto. Deben cumplir todas las disposiciones legales para piensos medicamentosos (2) y solo pueden fabricar piensos medicamentosos con medicamentos veterinarios autorizados y de conformidad con la receta de un veterinario. Debe naplicar buenas prácticas de fabricación y asegurarse de que la mezcla es apropiada para garantizar la homogeneidad delos antimicrobianos en los piensos. Deben adoptar las medidas necesarias para evitar la contaminación cruzada y reducir al mínimo la transferencia de antimicrobianos a lotes de piensos posteriores.

De conformidad con la legislación de la UE, los piensos medicamentosos deben estar debidamente etiquetados y solo se deben suministrar a los usuarios finales previa presentación de una receta válida extendida por un veterinario. Se deberáman tener registros detallados de los antimicrobianos utilizados, los piensos medicamentosos producidos y los destinos.

3.4.5. Explotadores de empresas alimentarias

Los explotadores de empresas alimentarias, incluidos los minoristas, deben privilegiar los alimentos producidos con arreglo a regímenes y sistemas de producción y suministro de calidad que apliquen los principios de utilización prudente,es decir, que reduzcan al mínimo la utilización de antimicrobianos y promuevan altos niveles de bienestar de los animales. No deben hacer afirmaciones que puedan confundir o engañar a los consumidores (por ejemplo, «sin antibióticos») al comercializar carne y otros productos de animales criados en condiciones de «utilización prudente» (puesto que los antibióticos pueden utilizarse legalmente de acuerdo con las indicaciones del RCP). Las organizaciones de consumidores deben respaldar activamente este tipo de iniciativas.

3.4.6. Facultades de veterinaria y escuelas de enseñanza agraria

Las facultades de veterinaria y las escuelas de enseñanza agraria o los institutos superiores de agronomía deben asegurarse de que se presta la debida atención al problema de la resistencia a los antimicrobianos y la utilización prudente delos antimicrobianos en sus programas de grado y de posgrado, y que los conocimientos relacionados con estas áreas se mantienen al día. Los programas de grado y de posgrado también deben centrarse en el desarrollo de materiales y técnicas de aprendizaje relacionados con los medios para mejorar y promover métodos de reproducción y cría que promuevan la salud animal. Tales prácticas pueden incluir medidas de bioprotección, buenas prácticas agrícolas y planificación de la salud de rebaños que prevengan las infecciones y, por lo tanto, reduzcan la necesidad de antimicrobianos.

Incluso se debería tener en cuenta la posibilidad de proporcionar información sobre los antimicrobianos y la resistencia a los mismos en la educación básica en el ámbito de la salud pública y la seguridad alimentaria, por ejemplo, en los institutos de educación secundaria.

Las universidades y otros centros de investigación deben dar prioridad a la investigación en el área de la resistencia a los antimicrobianos. En la medicina veterinaria, se debe prestar atención a las siguientes cuestiones:

— desarrollo de herramientas alternativas, preferiblemente preventivas, para el control de infecciones,

— evaluación del impacto de la utilización de antimicrobianos en animales en la salud pública y el medio ambiente,

— seguir investigando los datos farmacocinéticos y farmacodinámicos y utilizando modelos para simular los efectos delas distintas pautas posológicas (en función de diferentes combinaciones de enfermedad, patógeno, tejido objetivo y especie animal); los resultados así obtenidos deben proporcionar una base científica para establecer pautas posológicaseficaces en la práctica,

— seguir investigando la resistencia cruzada y la corresistencia, incluida la corresistencia de desinfectantes y antimicrobianos,así como la corresistencia y la aparición de una resistencia a los antimicrobianos de ciertos metales,

— desarrollo de nuevas clases de antimicrobianos.

Las facultades de veterinaria deben proporcionar información sobre el riesgo de infecciones nosocomiales en consultas y clínicas veterinarias, sobre la utilización de procedimientos de seguimiento para detectar y comunicar la aparición de infecciones y sobre la utilización de medidas de prevención y control de infecciones para reducir al mínimo su aparición.

Las publicaciones científicas deben promover los principios de la utilización prudente.

3.4.7. Asociaciones profesionales de veterinarios

Las asociaciones profesionales de veterinarios deben seguir desarrollando directrices para la utilización prudente de los antimicrobianos y promoviendo su aplicación. Las asociaciones profesionales de veterinarios y los órganos estatutarios deben proporcionar formación específica para los veterinarios sobre la resistencia a los antimicrobianos y su utilización prudente.

Deben incluir los principios sobre la utilización prudente de los antimicrobianos en sus códigos de conducta para los veterinarios.

3.4.8. Asociaciones de partes interesadas de la industria

Las asociaciones de partes interesadas de la industria deben seguir apoyando el desarrollo y la aplicación de iniciativaspara hacer frente a la resistencia a los antimicrobianos y promover su utilización prudente. Deben desarrollar materiales de comunicación apropiados y proporcionar a sus miembros información adecuada sobre los riesgos de la resistencia a los antimicrobianos. Asimismo, deben apoyar las iniciativas nacionales dirigidas a la recopilación de datos sobre las ventas de antimicrobianos.

Las asociaciones de partes interesadas de la industria deben promover regímenes y sistemas de producción y suministro de calidad que apliquen los principios de utilización prudente, es decir, que reduzcan al mínimo la utilización de antimicrobianos y promuevan el bienestar de los animales.

3.4.9. Asociaciones de granjeros

Las asociaciones de granjeros deben promover los principios de la utilización prudente de los antimicrobianos entre sus miembros. Asimismo, deben informar a los granjeros de las consecuencias de la utilización de antimicrobianos en animalesrespecto del riesgo de resistencia a los antimicrobianos, y, así, ayudarles a reducir al mínimo su utilización. También se deben dar a conocer otros aspectos, como el riesgo de resistencia a los antimicrobianos debido al contacto directo con animales.

Los cursos de formación y los materiales de orientación proporcionados a los granjeros deben incluir información sobre las medidas preventivas que promueven la salud animal, en particular la aplicación de medidas de bioprotección, buenasprácticas y planificación de la salud de rebaños. Estas prácticas pueden ayudar a reducir la necesidad de antimicrobianos.

La formación también debe comprender la administración de antimicrobianos y los riesgos medioambientales.

3.4.10. Autoridades competentes

Las autoridades competentes a nivel local y nacional son responsables de aplicar un planteamiento proactivo en cuanto al desarrollo de medidas basadas en el riesgo apropiadas para asegurar una utilización prudente de los antimicrobianos,verificar y ejecutar su aplicación y evaluar los resultados. También son responsables de proporcionar recursos suficientes para aplicar estas medidas y para las campañas de investigación y sensibilización. En particular, las autoridades competentes(o, en su caso, los órganos estatutarios veterinarios responsables) deben:

— Asegurarse de que se desarrollen y apliquen estrategias nacionales tal como se describe en el capítulo 9. Esas estrategias deben basarse en la cooperación entre las autoridades veterinarias, las autoridades encargadas de la salud humana y otras autoridades competentes (por ejemplo, las autoridades encargadas de cuestiones medioambientales).

— Hacer un seguimiento de la aplicación de la estrategia nacional a fin de evaluar el impacto y la eficacia de las medidas adoptadas en virtud de la misma.

— Realizar, en su caso, controles selectivos de los veterinarios cuyo comportamiento por lo que se refiere a la prescripción de antimicrobianos resulta preocupante o excesivo. Puede considerarse la posibilidad de impartir cursos de asistencia obligatoria a los veterinarios con prácticas de receta cuestionables. También deben llevarse a cabo inspecciones en las granjas con el fin de evaluar las condiciones de a cría de animales de granja y las relativas a la salud animal,

— Considerar la posibilidad de introducir programas obligatorios para la salud de rebaños que promuevan las mejores prácticas y asegurarse de que se mejoren las normas de higiene en las granjas en las que se han identificado problemas.

— Apoyar y promover la investigación de alternativas a los antimicrobianos, pruebas de diagnóstico y utilización prudente de antimicrobianos.

— Financiar y apoyar el desarrollo, la difusión y la aplicación de directrices para la utilización prudente de los antimicrobianosy las medidas de higiene; financiar y apoyar campañas de sensibilización y formación sobre la resistencia a los antimicrobianos y la utilización prudente de los antimicrobianos dirigidas a los granjeros y veterinarios.

— Desarrollar medidas de control para limitar la propagación de bacterias resistentes cuando un tipo de resistencia a los antimicrobianos se encuentra en un nivel bajo o emergente. Esto puede incluir medidas de bioprotección más estrictas, identificación de los portadores, cuarentena de los animales, restricciones a la circulación de personase investigaciones.

Las autoridades competentes también son responsables de establecer programas de vigilancia obligatorios y programascomplementarios, así como de hacer un seguimiento de su ejecución (véanse los capítulos 6 y 8).

3.4.11. Laboratorios

La red oficial de laboratorios para realizar un seguimiento de la resistencia a los antimicrobianos comprende el laboratorio de referencia de la Unión Europea para la resistencia a los antimicrobianos y los laboratorios nacionales de referencia designados por los Estados miembros. Las principales funciones del laboratorio de referencia de la Unión Europea son proporcionar asesoramiento científico y asistencia a los laboratorios nacionales de referencia, organizar pruebas deaptitud anuales de los antibiogramas para los laboratorios nacionales de referencia y armonizar la aplicación de métodos de antibiogramas. El laboratorio de referencia nacional de cada Estado miembro supervisa la labor llevada a cabo por los laboratorios oficiales responsables de las pruebas de resistencia a los antimicrobianos en el Estado miembro. El laboratorio nacional de referencia se encarga de organizar pruebas de aptitud de los antibiogramas entre los laboratorios nacionales oficiales. También proporciona asistencia científica y técnica a las autoridades competentes de los Estados miembros sobre el seguimiento de la resistencia a los antimicrobianos.

Una red de laboratorios que realice antibiogramas y proporcione resultados relativos a los patógenos objetivo es esencial para garantizar que los antibiogramas se encuentren a disposición de los profesionales veterinarios en todos los Estadosmiembros.

Los laboratorios deberán proporcionar al profesional veterinario los resultados de las pruebas y cualquier otra información pertinente que pueda ser de utilidad (por ejemplo, resistencia a antimicrobianos de espectro limitado).

Los resultados se deben basar en:

— metodologías normalizadas (preferiblemente a nivel internacional),

— criterios interpretativos claros (preferiblemente armonizados a nivel internacional).

Los laboratorios deben tomar parte en pruebas de aptitud externas para antibiogramas y otros ensayos microbiológicos pertinentes, a fin de garantizar que sus resultados sean válidos.

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