El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy el Real Decreto que modifica varias normas relativas a la higiene en el sector lácteo, así como de los subproductos animales no destinados al consumo humano.
Las modificaciones se justifican, según el texto, en la necesidad de cambiar determinados aspectos para el sector de las queserías de campo y pequeñas queserías, en especial en los análisis de la leche no previstos en la normativa de la Unión Europea (UE), o que no afectan a la leche de oveja y cabra, así como adecuar el contenido de los análisis de laboratorio a las necesidades sanitarias.
Esto se aplicará a los establecimientos en que se elaboran productos lácteos a partir de leche cruda o pasteurizada de cabra, oveja, vaca o sus mezclas, procedente del ganado propio o de explotaciones situadas en un radio máximo de 50 kilómetros.
El Real Decreto también establece que el total de leche utilizada para la elaboración de estos productos lácteos no podrá superar los 500.000 kilos/año.
Por otro lado, la norma simplifica el régimen de convocatorias de la Comisión Nacional de subproductos de origen animal y los productos derivados no destinados a consumo humano, que es el órgano de coordinación técnica Estado-comunidades autónomas.
En concreto, elimina el carácter transitorio de su disposición sobre recogida, transporte y eliminación de determinados subproductos animales no destinados a consumo humano, por métodos distintos de la incineración o el enterramiento "in situ".
Oviespaña, noticias diarias sobre el mercado nacional e internacional del ovino, investigación ganadera, alimentación y sistemas de manejo.