El Diario Oficial de Extremadura publica este lunes, día 7 de septiembre, la Resolución de 20 de agosto por la que se establecen las ayudas a la repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de Extremadura que hayan sido objeto de vaciado sanitario, e n el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul o encefalopatías espongiformes transmisibles.
La cuantía máxima de la ayuda será la resultante de restar al coste total de adquisición o arrendamiento con opción de compra, de los animales, las cuantías percibidas en concepto de indemnizaciones por el sacrificio obligatorio de los animales, el valor percibido en el matadero o industria cárnica por los mismos, y el del correspondiente seguro en caso de cubrir la póliza el mismo objeto y finalidad que el de las ayudas reguladas en el Decreto 6/2018, de 23 de enero. Asimismo, la ayuda se limitará al valor del 85% de los animales sacrificados.
Los animales que en el momento de su sacrificio sean mayores de 96 meses de edad en ganado bovino de aptitud cárnica, mayores de 72 meses de edad en ganado bovino de aptitud lechera o mayores de 5 años en ganado ovino o caprino, y los animales menores de 12 meses de edad en ganado bovino o menores de 6 meses de edad en ganado ovino o caprino, sólo podrán ser objeto de subvención hasta un 5% del total de estos animales.
El importe máximo para esta convocatoria será de 40.000 euros. En el caso de que en un vaciado se solicite la ayuda en varias convocatorias, el importe máximo de todas las convocatorias será también de 40.000 euros.
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