Los pastos quemados en Asturias no tendrán ayudas de la UE hasta recuperar la cubierta vegetal.

Redacción oviespana.com21/04/2017

Las áreas afectadas por incendios no autorizados no serán admisibles para recibir ayudas agrarias financiadas por la UE a través de la Política Agrícola Común (PAC), según ha comunicado el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) a la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales del Principado.
Según ha informado este departamento, esas zonas quemadas deberán asimilarse al suelo desnudo (sin vegetación) y los solicitantes de subvenciones deben descontarlas por el coeficiente de admisibilidad de pastos o por la delimitación de un recinto Sigpac (sistema de información geográfica de parcelas agrícolas) de uso improductivo.
Las mismas fuentes han señalado que el Ministerio ha precisado que la superficie declarada ha de ser admisible, es decir, tiene que estar en buenas condiciones todo el año natural.
Así, una vez que la Consejería de Desarrollo Rural declare que se ha restaurado la cubierta vegetal y que la superficie vuelve a tener un uso agrario, el FEGA estimará que ese terreno es admisible para la percepción de las ayudas directas de la PAC a partir del 1 de enero del año siguiente.
Además, cuando la superficie vuelva a ser admisible se deberá mantener el coeficiente de admisibilidad de pastos (CAP) que tenía el recinto de manera previa al incendio, que refleja la situación normal de la zona de pasto, y hacia la que tenderá de nuevo la superficie tras el fuego.
Según la comunicación del Ministerio, un incendio no autorizado no debe producir, a medio o largo plazo, un incremento de la superficie admisible a efectos del cobro de las ayudas de la PAC y, de lo contrario, se podría tratar la situación como un caso de "creación de condiciones artificiales" con las correspondientes penalizaciones.
Asimismo, el FEGA indica que únicamente en el caso de incendios de origen natural se podría aplicar la cláusula de circunstancias excepcionales y fuerza mayor siempre que haya declaración expresa por parte de la autoridad competente reconociendo la catástrofe natural y una delimitación de la zona afectada.

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