Programa de calificación de explotaciones en Extremadura respecto a la tuberculosis caprina

Redacción oviespana.com15/03/2019
Programa de calificación de explotaciones en Extremadura respecto a la tuberculosis caprina

La obtención, mantenimiento, suspensión y recuperación de calificación de tuberculosis del ganado caprino se realizará en la Comunidad Autónoma de Extremadura conforme a los siguientes criterios.

Obtención del estatuto de Explotación Caprina Oficialmente Indemne de Tuberculosis (TC3)

La autoridad competente en materia de sanidad animal otorgará el estatuto de oficialmente indemne de tuberculosis a la explotación caprina que:

- No haya registrado casos de sintomatología o lesiones compatibles con la tuberculosis en los 12 meses anteriores.

- Que se hayan realizado dos pruebas diagnósticas de intradermotuberculinización con resultado negativo, con un intervalo mínimo de 6 meses.

- En aquellos rebaños que estén realizado pruebas diagnósticas para calificación y su resultado sea negativo, pero aún no estén calificados, sólo podrán introducirse caprinos que procedan de rebaños que hayan sido controlados en el último año frente a la tuberculosis con resultado negativo (calificación equivalente a TC2 negativa) y en la que los animales de edad igual o superior a 45 días objeto de movimiento hayan sido sometidos a una prueba IDTBs previa con resultado negativo.

- En el caso de nuevos rebaños constituidos sólo de animales procedentes de rebaños TC3 (o calificación equivalente en otra Comunidad Autónoma), se mantendrá el estatus de explotación caprina oficialmente indemne de tuberculosis con una sola prueba IDTBs negativa realizada entre los 60 días y los 90 días después de la constitución del rebaño, en caprinos de edad igual o superior a los 45 días.

Mantenimiento del estatuto de Explotación Caprina Oficialmente Indemne de Tuberculosis (TC3)

La explotación caprina oficialmente indemne de tuberculosis mantendrá el estatuto si:

- Siguen sin registrarse casos de tuberculosis en la explotación.

- Se realiza al menos una prueba anual con IDTBs, con resultado negativo, a todos los animales de edad igual o superior a 45 días.

- La prueba se realizará antes de transcurridos 12 meses de la prueba anterior calificable.

Suspensión de la calificación sanitaria TC3 (TCs)

La calificación sanitaria TC3 será suspendida cuando la autoridad competente considere, por las pruebas practicadas, por los síntomas y/o lesiones, que algún animal puede estar afectado de tuberculosis o no se puede descartar la infección. Los caprinos sospechosos serán marcados, aislados del resto de animales y sacrificados conforme a lo dispuesto en la presente orden. Serán sometidos a examen post-morten y laboratorial con objeto de realizar estudios epidemiológicos y etiológicos que permitan la toma de decisiones posteriores. Tras eliminar los animales sospechosos, se aplicarán medidas de limpieza y desinfección. Los restantes caprinos de la explotación de edad igual o superior a los 45 días serán sometidos a una nueva prueba IDTBs al menos a los dos meses de la eliminación de los sospechosos.

También se aplicarán medidas de suspensión de la calificación sanitaria cuando se detecten entradas y/o salidas de caprinos de la explotación que no cumplen con lo establecido en esta orden, cuando se detecten en la explotación animales sin identificar conforme a la normativa, no existiendo causa justificada para ello, cuando en el rebaño existan animales cuyo estatus sanitario no haya podido ser comprobado, y cuando el titular impida o dificulte la ejecución del programa de calificación por parte de la autoridad competente.

Retirada de la calificación sanitaria TC3 (TCr)

La calificación sanitaria TC3 será retirada cuando:

- Se incumple las condiciones sanitarias para la obtención y/o mantenimiento.

- Tras la prueba IDTBs, realizada a los caprinos de una explotación con calificación suspendida (TCs), hay algún reaccionante positivo.

- Se aísla o detecta micobacteria del Complejo Mycobacterium Tuberculosis.

- Cuando tienen relación epidemiológica con otros rebaños a los que se les ha retirado la calificación sanitaria.

- Cuando existan motivos epidemiológicos indicativos de tuberculosis o que no permitan descartarla, especialmente para evitar la difusión de la enfermedad a otras especies sensibles o su contagio al hombre.

- Cuando no se solucionen incidencias con entradas y salidas de animales.

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