Gestión de alertas sanitarias en España ante las enfermedades de declaración obligatoria

Redacción oviespana.com14/12/2016

La aparición epizoótica de enfermedades de declaración obligatoria (EDO) en territorios de países previamente libres puede acarrear graves consecuencias económicas, sociales, sanitarias y medioambientales . La prevención, vigilancia y control de estas enfermedades supone un importante reto para los Servicios Veterinarios Oficiales (SVO), sobre todo teniendo en cuenta que son un problema de carácter global y transfronterizo ya que los agentes patógenos que las producen pueden viajar largas distancias en tiempos reducidos y afectar a otros territorios y/o países lejanos. Así lo explica el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama).

Las pérdidas económicas que pueden producir las enfermedades epizoóticas en los países afectados pueden ser muy importantes y se pueden clasificar en:

- Pérdidas directas . Son las producidas por los efectos de la propia enfermedad sobre los animales (muertes, abortos, empeoramiento de índices productivos), y las derivadas de los tratamientos veterinarios y las medidas de control y erradicación aplicadas por los SVO (restricciones de movimiento animal, sacrificio de animales, vacunación preventiva).

- Pérdidas indirectas . Incluirían las derivadas de las restricciones comerciales que los países importadores imponen a los países exportadores cuando éstos se ven afectados por alguna de las EDOs según los criterios establecidos por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE). Aquí también se pueden incluir otras pérdidas como los efectos negativos que las enfermedades pueden tener sobre los precios de los productos debido a caídas del consumo, o los efectos negativos que se pueden producir sobre otros sectores como el turismo.

Las EDOs, desde un punto de vista oficial, se definen como enfermedades que, por características tales como presentar especial gravedad, tener poder zoonótico, tener un alto poder de difusión y/o por tener graves consecuencias para los países afectados , están sometidas a la obligatoriedad de comunicar cualquier sospecha o confirmación en menos de 24 hoas al resto de países a través de los sistemas de información de las redes de vigilancia epidemiológica, como en España la Red de Alerta Sanitaria Veterinaria (RASVE), en la Unión Europea (UE) el Animal Disease Notification System (ADNS) o a la OIE mediante el World Animal Health Information System (WAHIS).

Para evitar las consecuencias de estas enfermedades, lo mejor es evitar que se introduzcan en nuestro país , para lo cual se ponen en marcha medidas de control en las fronteras de la UE en los puestos de inspección fronterizos (PIF) y se exigen requisitos sanitarios a los productos y animales que entran en el mercado único europeo dependiendo de la situación sanitaria de los terceros países de origen .

Por otro lado, para comprobar que las enfermedades no están presentes y asegurar su detección rápida en caso de que entren, se implementan programas de vigilancia que tienen como objetivo las EDOs .

Y si finalmente la enfermedad se declara, los SVO del país afectado deben poner en marcha de forma rápida y coordinada un conjunto de medidas que hagan posible el control y erradicación de la enfermedad en el menor tiempo posible , limitando así la posibilidad de difusión y finalmente erradicándola.

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