La Junta de Extremadura ha aprobado la realización de medidas sanitarias especiales para la brucelosis ovina y caprina, dentro del programa de erradicación. Así lo refleja una resolución publicada en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), en el que también se recogen otros aspectos sobre el ganado vacuno.
Así, se tomarán las siguientes medidas sanitarias especiales:
- Se mantiene de forma generalizada la prohibición de la vacunación de ovinos y caprinos frente a ‘B. mellitensis’ en todas las explotaciones de pequeños rumiantes de Extremadura. Las excepciones a esta prohibición generalizada contempladas en el Programa de Erradicación de Brucelosis ovina y caprina (B. mellitensis) 2014 y siguientes se aplicarán a través del Servicio de Sanidad Animal de esta Dirección General.
- Los cebaderos de ovinos y caprinos que aún no ostenten calificación sanitaria M4 se incluirán de oficio en programa hasta conseguir su calificación como tales, de tal forma que se consiga cuanto antes la calificación M4 de provincias y de la comunidad autónoma.
- Se someterán a pruebas de diagnóstico de la brucelosis ovina y caprina, en concreto ‘B. mellitensis’, todos los rebaños de estas especies en función de lo establecido en el programa nacional de erradicación de dicha enfermedad.
Estas medidas sanitarias especiales se aplicarán también en el ejercicio 2016.
Resolución de 30 de abril de 2015, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se determina la realización de pruebas sanitarias especiales en bovinos, ovinos y caprinos durante la ejecución de la segunda fase de los programas de sanidad animal 2015 y se declaran áreas de especial incidencia en tuberculosis y brucelosis bovinas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Diario Oficial de Extremadura (DOE)
13 de mayo de 2015
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