La Entidad Local Menor de Tudes (Vega de Liébana) ha aprobado inicialmente la Ordenanza de Pastos, que aboga por practicar un pastoreo mixto de especies animales mayores y menores para aprovechar la biodiversidad de especies vegetales, y que prohíbe la entrada a un mismo pasto de animales bovinos, ovinos o caprinos, que pertenezcan a explotaciones sin la calificación sanitaria o las vacunaciones obligatorias que establezca la Dirección General de Ganadería.
Además, señala que el ganado bovino, ovino o caprino que concurra a los pastos regulados por la Ordenanza, deberá estar debidamente identificado de acuerdo con la legislación vigente, al tiempo que se acreditará la propiedad del mismo mediante la pertinente inscripción en el libro-registro de explotación que se presentará correctamente cumplimentado y actualizado.
Como normas concretas, se estipula que el pastoreo en el monte se organizará preferentemente mediante rotación por grandes parcelas. Para ello, se deberá contar con cierres perimetrales e intermedios o, preferiblemente con la acción del pastor contratado a tal fin, que guíe las rotaciones del ganado equilibrando el aprovechamiento de los pastos e impidiendo de esta manera el sobrepastoreo o el subpastoreo de las diferentes zonas.